Consiste en un complemento al que tendrán derecho, las mujeres que han tenido dos o más hijos biológicos o adoptados y sean beneficiarias en cualquier régimen del sistema de la Seguridad Social de pensiones contributivas de jubilación, viudedad o incapacidad permanente.
El porcentaje aplicable a la pensión varía en función del número de hijos nacidos y/o adoptados, de acuerdo con la siguiente escala:
- En el caso de dos hijos: 5%
- En el caso de tres hijos: 10%
- En el caso de cuatro o más hijos: 15%
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