jueves, 25 de febrero de 2016

TRABAJO A TIEMPO PARCIAL Y LA PRESTACIÓN POR DESEMPLEO

Para determinar el tiempo que cobrará el paro, se tienen en cuenta las cotizaciones realizadas en su contrato a tiempo parcial con las siguientes reglas: 

*Si trabajaba 5 o más días a la semana, el periodo de cotización será igual al periodo de duración del contrato.

*Si trabajaba menos de 5 días a la semana, se entiende como tiempo trabajado los días de trabajo efectivo multiplicados por 1,4 (para incluir la parte proporcional de periodos de descanso)

*Si lo que tenía es un contrato de jornada reducida voluntaria por alguna de las causas del artículo 37.6 del Estatuto de los trabajadores ( guarda legal de un menor de 12 años, cuidado de familiar, enfermedad grave de un menor de 18, guarda legal de un discapacitado..) el desempleo se cobra como se estuviera a jornada completa.

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