martes, 27 de febrero de 2018

Complemento por maternidad en las pensiones por aportación demográfica a la Seguridad Social

Consiste en un complemento al que tendrán derecho,  las mujeres que han tenido dos o más hijos biológicos o adoptados y sean beneficiarias en cualquier régimen del sistema de la Seguridad Social de pensiones contributivas de jubilación, viudedad o incapacidad permanente.
El porcentaje aplicable a la pensión varía en función del número de hijos nacidos y/o adoptados, de acuerdo con la siguiente escala:

  • En el caso de dos hijos: 5%
  • En el caso de tres hijos: 10%
  • En el caso de cuatro o más hijos: 15%

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